Esta Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, declara: 1. Su COMPETENCIA para conocer la consulta de Ley prevista en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la sentencia dictada en fecha 2 de agosto de 2016, por el Juzgado Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana KARIS ROSALYN PRADA PRADO, debidamente asistida por Abogado Víctor Hugo Guédez Forero, en su condición de Defensor Público Auxiliar en la Defensoría Pública Cuarta con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas, contra la Comisión Supresora del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECOSOCIALISMO, HÁBITAT Y VIVIENDA, HOY, MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA ECOSOCIALISMO Y AGUAS. 2. CONFIRMA, el fallo consultado.