La Corte declaró Su COMPETENCIA para conocer del recurso de hecho interpuesto, contra el auto de fecha 23 de octubre de 2009, dictado por el JUZGADO SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, que negó oír la apelación ejercida contra el auto dictado por el referido Juzgado Superior en fecha 1º de octubre de 2009, declara CON LUGAR el recurso de hecho interpuesto; Se REVOCA el auto dictado en fecha 23 de octubre de 2009, por el referido juzgado A quo; Se ORDENA al menciondo Juzgado A quo, oír en un sólo efecto el recurso de apelación interpuesto por Apoderada Judicial del ciudadano José Luis Castro, contra el auto dictado por el referido Juzgado Superior en fecha 1º de octubre de 2009. (vid sentencia) 04