En fecha 23 de octubre de 2018 se publicó la presente decisión. En recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por los Abogados Luz María Gil Comerma, Najah Kafrouni de Rausseo, Alejandro Escarra Gil y Alejandra Gago Velásquez, venezolanos, actuando en el carácter de Apoderados Judiciales del Ciudadano WILMER CONTRERAS, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO INDEPENDENCIA DEL ESTADO MIRANDA. esta Corte dictó sentencia interlocutoria mediante la cual declaró: 1. Se declara LA NULIDAD del auto emitido en fecha 14 de febrero de 2017, que fijó el lapso de diez (10) días de despacho para la fundamentación de la apelación, así como las actuaciones posteriores.2. REPONE la causa al estado que la Secretaría de esta Corte notifique a las partes para que se dé inicio al lapso de fundamentación de la apelación, contado a partir de que conste en autos la notificación de la misma.