En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de abril de 2012, por el Abogado Julio Quevedo, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano RUBÉN DARÍO ALDANA ROJAS, contra la sentencia dictada en fecha 24 de abril de 2012, por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, mediante la cual No Admitió las pruebas de experticia y la de inspección judicial promovidas en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, por el mismo, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA, 2. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto y 3. FIRME el auto apelado.