Este Juzgado de Sustanciación declaró: 1.-ADMITIÓ, la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el abogado José Vicente Haro García, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el acto administrativo s/n de fecha 13 de mayo de 2008, emanado del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS); 2.-ACORDÓ, abrir cuaderno separado; 3.-ORDENÓ, notificar a los ciudadanos Fiscal General de la República, Presidente del INDEPABIS y Procuradora General de la República; 4.-ORDENÓ, notificar al ciudadano Misiade El Halabi; 5.-ORDENÓ, comisionar al Juzgado del Municipio Bermúdez de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, para que practique dicha notificación; 6.-ACORDÓ, solicitar al ciudadano Presidente del INDEPABIS, el expediente administrativo; 7.- ORDENÓ, la remisión del presente expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.