Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada MARTHA PEDROZA ACERO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana ROSA LUCIA HOYOS DE CIRA, en consecuencia, SE REVOCA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 19 de Mayo de 2.008; SE ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Municipio a los fines de que en el cumplimiento de los principios de la doble instancia y del orden preclusivo de las etapas procesales, proceda a pronunciarse sobre la procedencia o no de la cuestión previa opuestas por la parte demandada, y según sea su decisión, continuar con la sustanciación o pronunciamiento al fondo del presente juicio por los trámites leg.....