Por todas las razones de hecho y de derecho, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la pretensión contenida en la demanda por ACCION REIVINDICATORIA intentada por el ciudadano ALBERTO OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.435.837, domiciliado en la Urbanización Parcelamiento Miranda, Calle Yaguaraparo, Sector "A". Quinta Marta, Cumaná, Estado Sucre, representado judicialmente por los abogados en ejercicio ELINOR BOADA RIVAS y CARLOS E. MENESES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédula de identidad números V-9.977.184 y V-4.295.485, respectivamente e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 45.647 y 44.874, respectivamente, con domicilio procesal en la Avenida Santa Rosa, Centro Profesion.....