D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución Nº 2, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en uso de la facultad conferida en el numeral 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA, al penado RICHARD EDUARDO FERNANDEZ GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.369.046, venezolano, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 16-10-1974, natural de Barquisimeto, hijo de Gracielina del Socorro González y Rubén Fernández, domiciliado en el Barrio el Cerrito calle Manuel Piar, casa s/nº, frente al Mercal, Parroquia Guarico, Municipio Moran ¿ Estado Lara, el BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el lapso de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES Y CUATRO (04) DIAS, a partir de su presentación en la Unidad Técnica de Apoyo al sistema Penitenciario d.....