En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, en sede constitucional, administrando Justicia, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, confirma la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo en fecha 28 de septiembre de 2005 y declara inadmisible la pretensión de amparo constitucional intentada por el ciudadano Marcos Tulio Benítez Linares, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-4.807.470, domiciliado en el Municipio Valera del Estado Trujillo, mediante su apoderado judicial Francisco Pineda Peñaloza, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-13.632.124, domiciliado en el Municipio Valera del Estado Trujillo, en contra del ciudadano Luis Calderón, en su condición de Diputado Presidente del Consejo Legislativo Regional del Estado Trujil.....