Este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la demanda por concepto de Cobro de Prestaciones Social, interpuesta por la ciudadana CAROLINA PASTORA LUGO LOPEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 13.464.316 plenamente identificada en auto, de este domicilio, contra la ciudadana NANCY JOSEFINA ADAN, plenamente identificada en auto
SEGUNDO: Se condena a la demandada NANCY JOSEFINA ADAN a que pague al reclamante ya ante identificado, la cantidad TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS. Bs.3.882.544,76)) por conceptos de: de Prestaciones Social, Vacaciones, los períodos 2000 a Marzo 2006, Diferencia salarial, según lo discriminado en el .....