Decisiones del dia 03/11/2015 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2015-003017  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/11/2015  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen:      Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Trigésimo Segundo (32º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: SE HOMOLOGA, la transacción presentada en fecha veintinueve (29) de octubre, por  la representación judicial tanto de la parte actora ciudadano JEOVANY MENDEZ QUINTERO, titular de la cédula de identidad Nro V.84.474.698, debidamente asistido  por el abogado FREDDY JOSE JIMENEZ, como de la parte demandada la entidad de trabajo MATERNO INFANTIL, C.A. (MATINCA), representada por su apoderada judicial la abogada  ORIANA CARRERA GARCIA.
     Igualmente, se declara concluido el presente procedimiento y luego de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, sin que esta decisión haya sido objeto de recurso alguno, se proced.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Anahí Josefina Bolívar Coronado 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Trigesimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2012-004015  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/11/2015  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Revisadas como han sido las actas procesales en el presente asunto, este Tribunal observa que la última actuación del Tribunal data del 14 de diciembre de 2013, fecha en la cual se instó a la parte actora a señalar nueva dirección de la demandada, a los efectos de la práctica de la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo, sin que conste hasta la fecha diligencia o escrito emanado de la parte Actora.  Asimismo, se evidencia que la última actuación de la parte Accionante, data del 06 de noviembre de 2013 y desde dicha fecha 14 de agosto de 2015, han transcurrido de acuerdo al calendario judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, trescientos ochenta y tres (383) días de Despacho. En consecuencia, no se evidencia posterior al 06 de noviembre de 2013, actuación procesal alguna por la parte Actora, lo cual en definitiva evidencia una falta de impulso procesal, que hace que se configure la Perención. A.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Mariela de Jesús  Morales Soto 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Vigésimo Sexto De  Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2013-001224  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/11/2015  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Revisadas como han sido las actas procesales en el presente asunto, este Tribunal observa que la última actuación del Tribunal data del 26 de ABRIL de 2013, fecha en la cual se instó a la parte actora a señalar nueva dirección de la demandada, a los efectos de la práctica de la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo, sin que conste hasta la fecha diligencia o escrito emanado de la parte Actora.  Asimismo, se evidencia que la última actuación de la parte Accionante, data del 15 de OCTUBRE de 2013 (tal como se evidencia al folio 40 del físico del expediente) y desde dicha fecha 20 de octubre de 2015, han transcurrido de acuerdo al calendario judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, cuatrocientos veinticinco (425) días de Despacho. En consecuencia, no se evidencia posterior al 15 de octubre de 2013, actuación procesal alguna por la parte Actora, lo cual en definitiva evidencia una falta de impul.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Mariela de Jesús  Morales Soto 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Vigésimo Sexto De  Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP21-L-2013-001224  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/11/2015  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Revisadas como han sido las actas procesales en el presente asunto, este Tribunal observa que la última actuación del Tribunal data del 26 de ABRIL de 2013, fecha en la cual se instó a la parte actora a señalar nueva dirección de la demandada, a los efectos de la práctica de la notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo, sin que conste hasta la fecha diligencia o escrito emanado de la parte Actora.  Asimismo, se evidencia que la última actuación de la parte Accionante, data del 15 de OCTUBRE de 2013 (tal como se evidencia al folio 40 del físico del expediente) y desde dicha fecha 20 de octubre de 2015, han transcurrido de acuerdo al calendario judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, cuatrocientos veinticinco (425) días de Despacho. En consecuencia, no se evidencia posterior al 15 de octubre de 2013, actuación procesal alguna por la parte Actora, lo cual en definitiva evidencia una falta de impul.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Mariela de Jesús  Morales Soto 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Vigésimo Sexto De  Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2013-001849  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/11/2015  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos: VIOLETA CASTILLO LOPEZ y JOHAN ENRIQUE VARGAS PEÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V-18.459.069 y V-11.734.380, respectivamente, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos en fecha 02 de diciembre de 2011, ante el Registro Civil de la Parroquia Mariches, Municipio Sucre del Estado Miranda, según consta de Acta Nº 150, del libro correspondiente al año 2011.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Maritza Josefina Betancourt Morales 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-V-2015-001099  
						  
						  N° Sentencia :
							
								S-N  
						  
						  Fecha: 03/11/2015  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: En mérito a los anteriores razonamientos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la oferta real solicitada por la Sociedad Mercantil WART, C.A., a favor del oferido, ciudadano YESKEL AGAY, todos anteriormente identificados en el texto del presente fallo.
En virtud de la especial naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente sentencia en el copiador respectivo de este Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los tres (03) días del mes de noviembre de dos mil quince (2.015). Años: 205 de la independencia y 156 de la .....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Yeczi Pastora Faria Duran 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas. 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								AP31-S-2015-009969  
						  
						  N° Sentencia :
							
								 
						  
						  Fecha: 03/11/2015  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Por lo que se debe indicar,  que el  Juez al momento de practicar una inspección judicial,  solo puede dejar constancia de lo que pueda percibir a través de sus sentidos,    sin establecer apreciaciones, como  dejar constancia que el inmueble objeto  de esta inspección se encuentra ocupado por personas ajenas a la  solicitante, ciudadana  PILAR DE LA CONCEPCION HERNANDEZ FERNANDEZ, Titular de la Cedula de Identidad Nro. V-6.401.617, toda vez, que a esta  apreciación llega el juez,  en un procedimiento contencioso,  después de valorar  un cúmulo de pruebas que le son presentadas,  en tal sentido, el juez solo puede dejar constancia, de las personas que se encuentran en un inmueble al momento de  la práctica de la inspección judicial.
En tal sentido, dadas  estas  consideraciones,  es  por lo que el Tribunal niega la admisión de la presente Inspección Judicial,  y así se decide.
PUBLIQUESE,  REGISTRESE  y déjese copia certificada.
 En Caracas, a los 03 días del mes de Noviembre de 201.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Lorelis Sanchez 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas.