Esta Corte declara SU COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por interpuesto en fecha 23 de octubre de 2008, por el abogado Kenmer Garcia, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano José Agustín Contreras contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 23 de octubre de 2008, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales; SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto; CONFIRMA con las modificaciones expuestas en la motiva del presente fallo, la decisión dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 23 de agosto de 2008, mediante la cual se declaró inadmisible. .....