La Corte se declaró COMPETENTE para conocer la apelación interpuesta contra la decisión que declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto; REVOCA parcialmente el auto de fecha 3 de febrero de 2005, dictado por esta Corte en lo atinente a la aplicación del procedimiento previsto en el artículo 19, aparte 18 de la LOTSJ; REVOCA por contrario imperio el auto de fecha 16 de marzo de 2005; declara IMPROCEDENTE la solicitud de la reposición de la causa efectuada por la parte actora; CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto; REVOCA el fallo apelado, en los términos expresados en el presente fallo.
SE ORDENA remitir el presente expediente al Tribunal de origen a los fines de que se dé continuidad al presente proceso, en la fase en que el mismo se encontraba al momento de proferirse el fallo impugnado.