DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos y debidamente analizados, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, con sede en el Edificio Nacional, de la Ciudad de Barquisimeto, de conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 ordinal 1ero y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 15, 242, 243 y 254 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por motivo de DESALOJO DE INMUEBLE, de conformidad con el artículo 34 literal a) de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, intentada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO FERREIRA FERREIRA, MARIA OTILIA FERREIRA FERREIRA y EDUARDO FERREIRA FERREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V- 3.868.979, V-3.868.980 y V-5.238.494, respectivamente, asistidos por los Abogados .....