Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 501 y 502 del Código Civil, ORDENA RECTIFICAR la Partida de Nacimiento de Identidad omitida de conformidad con lo previsto en el artìculo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, en cuanto al primer nombre de la madre el cual deberá aparecer en lo adelante como "ISMARY", igualmente el estado civil de la madre deberá aparecer como "CASADA", y la dirección como Barrio Bolívar calle 12 con carrera 2 S/N, Barquisimeto", igualmente en lo que respecta al padre deberán aparecer en lo adelante los siguientes datos de identificación "LINO ANTONIO ARROYO, titular de la cédula de identidad N° 9.623.333, de 39 años de Edad, estado civil casado, de profesión u oficio Albañil, dirección Barrio Bolívar calle 12 con carrera 2 S/N, Barquisimeto", P.....