Esta Corte declaró Su COMPETENCIA para conocer de la apelación interpuesta por la abogada María Alejandra Cardozo Túa, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 92.186, actuando como apoderada judicial de la parte querellada contra la decisión de fecha 6 de diciembre de 2006, emanada del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental, que declaró con lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Luis Atilio Peña Muzziotti, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana LEYDA MERCEDES MARCANO, contra el SERVICIO AUTÓNOMO AEROPUERTO DEL ESTADO MONAGAS (SAADEMO), 2.- SIN LUGAR el recurso de apelación. 3.- CONFIRMA en los términos expuestos la sentencia de fecha 6 de diciembre de 2006, emanada del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas y Contencioso Administrativo de la Región Sur Orien.....