Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la sentencia dictada en fecha 12-08-2004, por el Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estrado Lara, mediante la cual condenó a los ciudadanos JOSÉ MANUEL GUTIÉRREZ SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.365.404, venezolano, de oficio ayudante de mecánico, soltero, nacido el 29-12-1980, de 24 años de edad, hijo de Victor Gutiérrez y Victoria Sánchez, residenciado en la Carrera 15 con calle 38, Casa S/N, a una cuadra de una quesera, fachada de ladrillos, Barquisimeto, Estado Lara; ANTONI DAVID TERÁN GARRIDO, titular de la Cédula de Identidad N° 19.165.025, venezolano, de oficio ayudante en la Ferretería, soltero, nacido el 16-04-1982, de 22 años de edad, hijo de Rafael Terán y Aneada Garrido, residenciado en la calle 38, Casa N° 3820, frente a Taller Alineación Sanare, Barquisimeto, Estado Lara; y HARRISON ANTONIO VARGAS VARGAS, titular de la Cédula de Identidad N° 17.197.099, venezola.....