En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1. Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto en fecha 12 de enero de 2015, por los Abogados Miguel Granado y Pedro Cooper, actuando con el carácter de Apoderados Judiciales de los ciudadanos MOISÉS GARCÍA y CARLOS MARCANO, contra la decisión dictada en fecha 16 de diciembre de 2014, por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que declaró Inadmisible la querella funcionarial interpuesta contra el CUERPO DE POLICÍA NACIONAL BOLIVARIANA, 2. CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto, 3. REVOCA la sentencia apelada y 4. ORDENA al Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, pronunciarse nuevamente sobre la admisibilidad de la presente querella y de ser conducente continúe con el procedimiento de Ley.