DISPOSITIVA
Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: PRIMERO: Se Declara con Lugar la Aprehensión en Flagrancia, del ciudadano ANDERSON RAMON COLMENAREZ SIVIRA a quien se le atribuye la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código Penal vigente, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se acuerda seguir la presente investigación por el Procedimiento Ordinario, de conformidad al Artículo 280 y siguientes del ejusdem.. TERCERO: Se Impone Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido el Artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal esto es la obligación de presentarse cada ocho (8) días ante la taquilla de presentaciones, así m.....