este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo previsto en el artículo 9 numeral 3 de la Convención de Derechos del Niño, la competencia establecida a este Juzgado de conformidad con el artículo 177 Parágrafo Cuarto, Literal "d", así como los artículos 5, 8, 385, 386 y 387 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, DECLARA CON LUGAR LA REVISIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR incoado por el ciudadano JOSE ELIAS COLMENARES APOLINAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.265.872, contra de la ciudadana YEILA IRABE MENCIAS ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.196.097, en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DEL NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE , y ORDENA LA DETERMIN.....