Se dictó decisión mediante la cual esta Corte declaró: 1. Su Competencia; 2.- CON LUGAR la apelación ejercida por la parte actora. 3.- REVOCA la sentencia emitida por el Juzgado A quo, en los términos expuestos a lo largo del presente fallo.4.- PROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar realizada por la parte accionante, y en consecuencia, se ORDENA la suspensión de los efectos de la resolución N° 281-2005, de fecha 3 de octubre de 205, dictada por el Alcalde del Municipio Tucupita mediante el cual se declaró resuelto de pleno derecho el contrato de compra y venta suscrito entre la referida Alcaldía y el ciudadano Atilio José Morao Urrieta, ya identificado en autos. 5.- SE ORDENA tramitar, de conformidad con las previsiones de los artículos 602 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, el procedimiento de oposición a la presente medida. 02