este Juzgado DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el siguiente inmueble: "Una (1) Oficina construida bajo el régimen de propiedad horizontal, destinada a uso comercial, distinguida con el numero y letra: "SIETE RAYA F (7-F), piso siete (7), la cual forma parte del edificio "TORRE MEGA III ", situado en "Las Delicias " de Sabana Grande, Parroquia El Recreo de la ciudad de Caracas, en Jurisdicción del Municipio Libertador del Distrito Capital, con frente a las Avenidas Los Manguitos y El Cristo, cuyos linderos , medidas y demás determinaciones, constan suficientemente detalladas en el Documento de Condominio, el cual se encuentra Registrado en la Oficina Subalterna de Registro del Segundo Circuito del Municipio Libertador del Distrito Federal, el 01 de diciembre de 1.998, bajo el nº 5, tomo 17, del Protocolo Primero, y su documento de aclaratoria, el cual se encuentra registrado en la citada oficina de Registro, el dia 19 de enero de 1.999, bajo el Nº 44, tomo 2, del.....