En el presente recurso, esta Corte dictó sentencia mediante la cual declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha 15 de diciembre de 2015 (ratificada el 4 de febrero de 2016), por la Abogada María Luisa Matheus, actuando con el carácter de Apoderada Judicial de la parte querellada, contra la decisión dictada el 8 de diciembre de 2015, por el Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, que declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano EUGENIEL CELESTINO GUZMÁN, asistido por el Abogado Braulio Rivero, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO BOLIVARIANO DE GUÁRICO; PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido; y CONFIRMÓ CON LA REFORMA expuesta en la motiva del presente fallo, la sentencia apelada.