Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Sexto de Juicio en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SE ADMITE la presente ACUSACIÓN PARTICULAR PROPIA en contra de las ciudadanas ARELIS ZULAY ESCALONA, ELSA MARIA RUIZ, NANCY CARRILLO, JENNY RODRIGUEZ, y DULCE CARRASCO, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.023.010, 11.265.977, 7.389.645, 15.352.150, y 9.552.936, respectivamente. SEGUNDO: Se acuerda notificar a las ciudadanas ARELIS ZULAY ESCALONA, ELSA MARIA RUIZ, NANCY CARRILLO, JENNY RODRIGUEZ, y DULCE CARRASCO, titulares de las cédulas de identidad Nº 11.023.010, 11.265.977, 7.389.645, 15.352.150, y 9.552.936, respectivamente, para que designe a su defensor, a la mayor brevedad posible. TERCERO: Notifíquese a las partes, lo aquí decidido.