Ahora bien, por cuanto no existe evidencia en las actas procesales de que pudiera lesionarse derechos e intereses de terceros diferentes a las partes que celebran la presente Transacción, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes en fecha 19 de Enero de 2009, por ante la Notaría Pública Décima Séptima del Municipio Libertador del Distrito Capital, anotada bajo el Nº 17, Tomo 4 de los Libros respectivos, en los términos señalados por éstas, por cuanto la misma versa sobre la controversia planteada en el Juicio que por DAÑO MORAL, el cual fue interpuesto por Gonzalo Tirado Yépez, contra Stanford Group Venezuela Asesores de Inversión, C.A, signado con el Expediente N° AH12-V-2007-000060, de la nomenclatura particular de este Des.....