DISPOSITIVA
Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 numerales 3, 4 y 9 ejusdem, DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA EN CONTRA DE LOS IMPUTADOS: JACKSON EDUARDO PÉREZ CHAMBUCO, C. I Nº V- 23.851.661 nacido en la ciudad de Barquisimeto, en fecha 06-11-90, edad, 18 años, residenciado en el Barrio El Carmen, Ana Guerrera Soto, casa N/Sº cerca de la bodega de Carlos, profesión u oficio Carpintero, y GEOVANNY EDUARDO PACHECO SOTO, C. I Nº 20.67.1513, fecha de nacimiento 10-11-88, edad, 20 años, natural de Barquisimeto, residenciado en Barrio El Carmen, final de la calle principal, rancho sin número, Ana Guerrera Soto, casa N/Sº cerca de la bodega de Carlos, profesión u oficio, Ca.....