por lo que este Tribunal considera que el SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL (SINTRABANPROSA) se encuentra representado judicialmente en el presente asunto y que dicha organización sindical tiene la legitimación procesal activa para ejercer la acción de Disolución incoada, a tenor de lo establecido en el articulo 125 literal "b" del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; y, ASÍ SE ESTABLECE.
En virtud de lo anteriormente señalado, se fija la celebración de la PROLONGACIÓN DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR para el día MIERCOLES 23 DE MARZO DE 2011, A LAS 2:00 P.M.
LA JUEZ,
SADY CARDONA MORENO
LA SECRETARIA,
OMAIRA ALEJANDRA URANGA