Se dictó decisión mediante la cual esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Rafael Castillo, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.974, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil LUCKY BRAND C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, el 1º de septiembre de 2004, bajo el Nº 2, Tomo 68-A, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº PRE-VCO-GOV, de fecha 8 de julio de 2013 y notificada por medio de correo electrónico el 15 de agosto de 2013, dictada por la COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI), hoy CENTRO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR (CENCOEX).