La Corte ACEPTA la competencia declinada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia; y ORDENA notificar a la parte accionante, a los fines de que, dentro de los cinco (5) días siguientes a que conste en autos su notificación, presente documento que acredite la condición de estudiante regular del Colegio Universitario Monseñor de Talavera que se arroga, así como la constancia de haber efectuado el pago de la matrícula correspondiente al semestre que, a su decir, las autoridades del referido Colegio Universitario le impiden cursar, de conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.