Esta Corte declaró: Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto por el Apoderado Judicial de la parte recurrente, contra la decisión dictada en fecha 18 de octubre de 2007, por Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, que declaró Inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el Abogado Carlos Ysmáyel Torrealba, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano ÁNGEL FRANCISCO MÁRQUEZ, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO GUÁRICO. DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto. ANULA el fallo apelado por orden público. ORDENA remitir el expediente al referido Juzgado Superior, a los fines de que se pronuncie sobre las otras causales de inadmisibilidad a excepción de la caducidad y de ser procedente, emita el pronunciamiento de Ley.