DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control nro. 2 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, resuelve:
PRIMERO: Deja sin efecto orden de aprehensión contra el ciudadano: JOEL DAVID CASTILLO, titular de la cédula de identidad nro. 16.417.898, imponiéndole Medida Cautelar Sustitutiva a la privación de Libertad, contenida en el artículo 256 ordinal 3ero del Código Orgánico Procesal Penal, es decir: Presentación periódica cada 30 días por ante la Oficina de Presentaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara .-
SEGUNDO: Se acuerda la práctica de descarte decadactilar al imputado.-
TERCERO: Notifíquese.- Regístrese, Publíquese, Cúmplase.