/Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Control Nro 8, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley NIEGA LA ENTREGA DEL VEHÍCULO marca Chevrolet; modelo 2002; placas KAZ77R; color rojo; tipo sedan; serial de carrocería WOLOTGF6935187991; serial de motor Z18XE22X60781; solicitado por la ciudadana Celia Arraez, titular de la cédula de identidad 10.840.335, residenciada en la calle 2 con calle 4, de la Urbanización Pablo Rojas Mezas, Barquisimeto, Estado Lara. Remítanse las presentes actuaciones, una vez vencido el correspondiente lapso de apelación, a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público por donde se siguen las investigaciones, a los fines de proseguir las mismas hasta el acto conclusivo y de que la vindicta pública haga la solicitud referida a la remisión del vehículo negado al Fisco Nacional, por órgano del Ministerio de Finanzas, de conformidad con lo establecido en la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores .....