En fecha 20 de septiembre de 2016, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual se pronunció sobre el escrito de pruebas promovidas por abogado Guido Padilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.610, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Soluciones Graficas, S.A., ordenó notificar al Juzgado Distribuidor de Municipio y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a fin de evacuar la prueba de inspección judicial, al Juez Vigésimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas, encargado de la Oficina de Control de Consignaciones de Arrendamientos Inmobiliarios (OCCAI), a fin de evacuar la prueba de informes, al Presidente del Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios (FOGADE), a fin de evacuar la prueba de exhibición de documentos y a la Procuraduría General de la República a fin de notificarle la admisión de las pruebas promovidas.