La Corte declaró SU INCOMPETENCIA para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto; SE DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital que corresponda previa distribución, a fin que conozca de la presente causa; y SE ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Superior Distribuidor de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.