Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio, propuesta por los ciudadanos, JULIO CESAR GONZALEZ RODRIGUEZ Y MILDRED JACINTA RAMOS LINAREZ, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de las cedulas de identidad N° V-10.138.960 y Nº V-8.660.116, respectivamente, domiciliados el primero, en la calle 11, con callejón 31-4, Casa Nº 13, Barrio Las Quebraditas, Municipio Araure, Estado Portuguesa, la segunda domiciliada en la Avenida principal, con calle 3, casa N° 20, caserío Tapa de Piedra, Municipio Araure, Estado Portuguesa, asistidos en este acto por la abogada asistidos en este acto por el abogado CARLOS ARMANDO DUDAMEL FERNANDEZ, vene.....