Se dictan los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado DAGNIS ALBERTO REYES GUERRERO, de nacionalidad Venezolano, natural de Mene Grande Municipio Baralt, nacido en fecha: 19-02-83, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Pescador, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.396.619, hijo de IBRAHIN REYES Y MARIA SALVADORA GUERRERO, y residenciado en el Barrio Luis Aparicio, calle 48F, casa S/N entrando por el Abasto la Cuatro Esquina cruzando a la derecha, Municipio San Francisco del Estado Zulia y al ciudadano OMAR JOHANDRY LEAL QUINTERO, de nacionalidad Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, nacido en fecha: 09-11-87, de 19 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Empacador de Supermercado, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-21.225.213, hijo de DELLI QUINTERO Y TIRSO JAVIER LEAL QUINTERO, y residenciado en el Barrio Luis Aparicio, calle 48F, casa S/N una cuadra antes .....