DECISIÓN
Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Con Lugar la demanda de divorcio ordinario presentada por el ciudadano José Gregorio Ramos Camacaro, en contra de la ciudadana Karelys Rosana Serrano Torres. En consecuencia, queda disuelto el vínculo conyugal contraído ante la Prefectura del Municipio Torres del Estado Lara, e inserto en uno de los libros de ese Despacho bajo el Nº 186, folio 187 fte., de fecha 10 de octubre de 1.998. Se confirman las medidas provisionales de la siguiente manera:
En cuanto a la patria potestad la ejercerán ambos padres.
En relación a la guarda y custodia, será ejercida por la madre.
Con relación al régimen de visitas, éste será de común acuerdo.
En cuanto a la obligación alimentaria, se fija la cant.....