En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la solicitud de Desestimación de la denuncia interpuesta por la ciudadana:JOSEFA MARGARITA ESPINOZA DE UNDA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº4.064.812, en contra de SUJETOS DESCONOCIDOS por la presunta comisión del delito de DAÑOS MATERIALES, previsto y sancionado en el articulo 475 del Codigo Penal, por existencia de un obstaculo legal para el desarrollo del proceso en fase de control, ya que la titularidad de la accion penal tendiente al enjuiciamiento del procesado se encuentre reservada a instancia de parte,previa acusacion formal incoada ante el Tribunal de Juicio correspondiente, siguiendo el procedimiento previsto en el Titulo VII del Libro Tercero, arti.....