Decisiones del dia 23/09/2008
N° Expediente :
AP51-S-2008-013507
N° Sentencia :
PJ0292008000942
Fecha: 23/09/2008
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: PEDRO JOSE MARTÍNEZ ROJAS Y DENISES ADRIANA PARICA URDANETA, AMBOS VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, Y TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD NROS. V-12.296.802 Y V-12.826.296, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por los motivos antes expuestos, este despacho judicial a cargo de la Juez Unipersonal Nro. 14 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la petición de Divorcio conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, incoada por los ciudadanos PEDRO JOSE MARTÍNEZ ROJAS y DENISES ADRIANA PARICA URDANETA, ambos venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.296.802 y V-12.826.296, respectivamente. En consecuencia, queda disuelto el Matrimonio Civil que contrajeron en fecha 04 de agosto de 1990, por ante el extinto Juzgado del Municipio Pedro Gual, con sede en Cúpira (hoy Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Río Chico, cuya acta de matrimonio fue inserta en el libro de Matrimonios del a.....
Juez/Ponente:
Yaqueline Landaeta
Organo:
Sala Décimo Cuarto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
AP51-S-2008-008655
N° Sentencia :
Fecha: 23/09/2008
Procedimiento: Divorcio 185 - A
Partes: JOSE RAFAEL MORA MENDOZA Y ZORAIDA ELIZABETH BRITO GARCIA
Resumen:
En cuanto a la prestación de la Obligación de Manutención, se ratifica lo acordado por ambos progenitores en el escrito presentado en fecha 29/07/2008, Cláusula Tercera, de su escrito de solicitud, y el cual copiado a la letra es del tenor siguiente: "La obligación de manutención desde la separación de hecho, desde ,ayo de 1998 ha sido prestada por ambos padres. Ahora bien, la prestación de la obligación de manutención, que el padre JOSE RAFAEL MORA MENDOZA le dará a su hija ZORAELITH JORDANIS, es por la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES CON 00/100 CENTIMOS (Bsf. 300,00) que entregará los primeros días de cada mes, hasta la culminación de sus estudios". Esta Sala de Juicio lo homologa bajo los mismos términos y condiciones por ellos establecido.
Juez/Ponente:
Raymar Mavarez Bracho
Organo:
Sala Tercero de Juicio de Protección del Niño y Adolescente