DISPOSITIVA
Por los razonamientos arriba expuestos, este JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE CONTROL, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA DE NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Se ordena de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida al ciudadano PABLO JOSE ROJAS HERRERA, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.843.963, Venezolano, nacido en Carora, Estado Lara, fecha de nacimiento 28-01-1979, de 31 años de edad, grado de instrucción: 6º grado de Educación Básica; hijo de Belkis Herrera de Rojas y de Pablo Jose Rojas Verde, estado civil: soltero, de profesión u oficio: Herrero, domiciliado en: la Calle 19 sector Pueblo Aparte, casa Nº 17-12, casa verde con blanco detrás del ciclo básico a una cuadra de la Panadería Corazón de Jesús, Carora, Estado Lara. Teléfono: 0416-760877, por.....