Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por la Abogada MARGARITA RODRIGUEZ, Defensora Pública Penal y RATIFICA LA MEDIDA HUMANITARIA, bajo la formula de LIBERTAD CONDICIONAL al penado: ANGEL RAMON MONTILLA ROJAS, identificado con cédula de identidad Nro. 14.649.941, por el lapso de SEIS (6) meses, debiendo presentar constancias médicas, certificadas por su médico tratante, que permitan constatar el tratamiento a que se encuentra sometido el penado, por lo menos una vez cada dos meses. Medida humanitaria que se OTORGA, por cuanto el mismo cumple con los requisitos exigidos en los artículos 500, 502 y 510 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en virtud de lo cual se le impone e.....