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Decisiones del dia 25/07/2013

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
Paginas 1 [Total de sentencias: 6] Página 1 de 1
N° Expediente : AP42-N-2011-000119 N° Sentencia : 2013-0235 Fecha: 25/07/2013
Procedimiento:
Nulidad Con Amparo
Partes:
ARENERA HERMANOS GOBBO VS. DIRECCION ESTADAL AMBIENTAL DEL ESTADO LARA
Resumen:
ARENERA HERMANOS GOBBO VS. DIRECCION ESTADAL AMBIENTAL DEL ESTADO LARA.- Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por el apoderado judicial de la parte demandante, de la siguiente manera: En cuanto a las pruebas documentales promovidas en el Cap. I del escrito, se admiten las referidas al acto administrativo impugnado y el Acta de Paralización preventiva, cuanto ha lugar en derecho se requiere, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, en cuanto al expediente administrativo, se refiere al mérito probatorio del mismo, lo cual se advierte no constituye medio de prueba alguno, pues el Juez está obligado a pronunciarse sobre todo lo alegado y probado en las actas en base a los principios previstos en el art. 509 del CPC; en cuanto a la Inspección Judicial del Cap. II, se admite en cuanto ha lugar en derecho se requiere, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la sentencia definitiva.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
arriba

N° Expediente : AP42-N-2011-000119 N° Sentencia : 2013-0236 Fecha: 25/07/2013
Procedimiento:
Nulidad Con Amparo
Partes:
ARENERA HERMANOS GOBBO VS. DIRECCION ESTADAL AMBIENTAL DEL ESTADO LARA
Resumen:
ARENERA HERMANOS GOBBO VS. DIRECCION ESTADAL AMBIENTAL DEL ESTADO LARA.- Se dictó y publicó decisión mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por el apoderado judicial de la parte demandada, de la siguiente manera: En cuanto a las pruebas documentales promovidas en el Cap. I del escrito, se admiten cuanto ha lugar en derecho se requiere, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes; En cuanto a la comunidad de la prueba, del Cap. II, se advierte que no constituye medio de prueba alguno, pues el Juez está obligado a pronunciarse sobre todo lo alegado y probado en las actas en base a los principios previstos en el art. 5
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
arriba

N° Expediente : AP42-G-2012-001065 N° Sentencia : 2013-0237 Fecha: 25/07/2013
Procedimiento:
Demanda. Medida Cautelar. Admisión.
Partes:
INVERSIONES EL TIMÓN VS. FUNDACIÓN OFICINA PRESIDENCIAL DE PLANES Y PROYECTOS ESPECIALES (OPPPE)
Resumen:
INVERSIONES EL TIMÓN Vs. FUNDACIÓN OFICINA PRESIDENCIAL DE PLANES Y PROYECTOS ESPECIALES (OPPPE).- Se dictó y publicó decisión mediante la cual se dejó sin efecto de conformidad con el artículo 206 del CPC, la decisión de fecha 27/06/2013, sólo en lo que se refiere a la aplicación del pdto.de tacha incidental en consecuencia, se ordenó el cierre físico y sistemático del cuaderno signado con el Nº AW42-X-2013-000046. Por otra parte, en relación a la oposición efectuada a las documentales promovidas en su oportunidad, se declaró improcedente la oposición formulada, en tal sentido, se admitieron las documentales marcadas con las letras "B", "C" y "D", en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes.-
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente : AP42-G-2013-000107 N° Sentencia : 2013-0234 Fecha: 25/07/2013
Procedimiento:
Demanda. Medida Cautelar. Admisión.
Partes:
DUCTH ANTILLES EXPRESS BV, S.A. VS. INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (INAC)
Resumen:
DUCTH ANTILLES EXPRESS BV, S.A. Vs. INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL (INAC)- Se dictó sentencia mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por la repesentación judicial de la parte demandante en fecha 10/07/2013, declarándose que: con relación al Capítulo Primero del mérito favorable de autos el mismo no constituye un medio de prueba correspondiendo a la CSCA su valoración y con relación al Capítulo Segundo de las instrumentales se admiten en cuanto a derecho se requiere, por no ser manifiestamente ilegales e impertinentes, quedando a cargo del Juez de mérito la apreciación y valoración de dichos instrumentos al momento de dictar la sentencia de fondo.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente : AP42-G-2013-000285 N° Sentencia : 2013-0238 Fecha: 25/07/2013
Procedimiento:
Ejecución De Fianza
Partes:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA VS. SAAB BOFORS DYNAMICS AKTIEBOLAG (AB) Y SOLIDARIAMENTE A LASOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS CORPORATIVOS, C.A
Resumen:
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA Vs. SAAB BOFORS DYNAMICS AKTIEBOLAG (AB) y SOLIDARIAMENTE A LASOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS CORPORATIVOS, C.A.- Se dictó decisión mediante la cual este Juzgado Sustanciador declinó la competencia para conocer de la presente causa a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 24 numeral 2 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa en concordancia con lo previsto en el artículo 23 numeral 2 eiusdem.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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N° Expediente : AP42-G-2010-000097 N° Sentencia : 2013-0239 Fecha: 25/07/2013
Procedimiento:
Demanda Por Cumplimiento De Contrato
Partes:
REPRESENTACIONES RENAINT C.A. VS. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION.
Resumen:
REPRESENTACIONES RENAINT C.A. VS. MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION.- Se dictó y publicó resolución mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado por la representación judicial de la parte demandante en los siguientes terminos se admitió la exhibición de documentos solicitada en el escrito de pruebas, conforme a lo establecido en el artículo 346 del CPC se ordenó intimar a la Ministra del Poder Popular para la Educación para que comparezca a las 10: 30 de la mañana del 3er día de despacho que conste en autos su intimación a los fines de la exhibición de los documentos señalados en el referido escrito de pruebas, en cuanto a la prueba de informes se declaró inadmisible por cuanto ese medio probatorio está dirigida a obtener documentos e información que se reputan en poder de la contraparte, toda vez que nuestro Código de Procedimiento Civil, sólo admite como sujetos informantes a entidades o personas jurídicas que no formen parte del debate procesal.
Juez/Ponente:
Monica Leonor Zapata Fonseca
Organo:
Juzgado de Sustanciación Corte Segunda
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