Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones, en Sala Única del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la Acción de Amparo de Amparo Constitucional, interpuesta en fecha 26 de enero de 2006, fue interpuesto por ante esta Corte de Apelaciones del Estado Lara, por la Defensora Publica Penal Ordinario Nº 23, Abogada. Yelena Martínez, contra el Tribunal de control Nº 08 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, quien decretó Medida de Privación Judicial de Libertad al ciudadano Yilber José Perdomo Aldana, según la defensa le causa un agravio a su defendido, en el asunto principal signado bajo el Nº KP01-P-2006-000343, de conformidad 2 y 4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; todo de conformidad con lo estableci.....