Se dictó y publicó decisión mediante la cual se declaró competente a la CSCA para conocer la demanda de nulidad interpuesta por la abogada Melinda Martin, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 51.451, en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil PROYECTOS 2 TORRES, C.A, contra el Acto Administrativo Nº P-2012-10-89, de fecha 10 de octubre de 2012, emanado por el INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES), en tal sentido se declaró inadmisible la referida demanda de nulidad, por determinarse que el procedimiento correspondiente a la presente demanda es por contenido patrimonial y no por el de nulidad, de conformidad con el artículo 35 numeral 3 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.