Este Juzgado declaró: 1.- ACEPTA LA COMPETENCIA de la remisión de la presente causa por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, para conocer de la demanda de nulidad interpuesta por el abogado Manuel Olivieri, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil VENEZOLANA DE PREVENCIÓN, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° PRE/CJ/R/00000006 de fecha 29 de junio de 2009, dictado por el BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HABITAT (BANAVIH). 2.- NULAS las actuaciones efectuadas ante el Tribunal Superior Tributario de la Región Central, y en tal sentido, se ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación de este Juzgado Nacional, a los fines de que se pronuncie acerca de la admisión de la presente causa, con prescindencia de la competencia ya analizada en el presente fallo.