este Tribunal sin perjuicio de tercero de igual o mejor Derecho, DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE O JUSTIFICATIVO JUDICIAL sobre las bienhechurías descritas en autos, de conformidad con lo preceptuado en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos MARITZA JOSEFINA VALENZUELA ARCIA y JOSE VICENTE VALENZUELA ARCIA,  venezolanos, mayores de edad de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.915.037 y V-6.108.214 respectivamente. Este Tribunal declara Titulo Supletorio Suficiente o Justificativo Judicial a favor  de los solicitantes. Devuélvase la presente solicitud original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y dejándose copia certificada de este auto en el copiador de sentencia.  Cúmplase. 
LA JUEZ,
Abg. IRENE GRISANTI CANO      
                                                                LA SECRETARIA ACC,
       
                                   Abg. ROSA VIRG.....