Este Juzgado Cuarto en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA al ciudadano PASTOR ANTONIO ORTIZ PALACIOS, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.319.199, nacido el 28/10/47 en Barquisimeto, estado Lara, de 58 años de edad, de estado civil, soltero, de profesión u oficio Ayudante de vigilante, residenciado en los Rastrojos, calle Santa Bárbara Nº 16 de Cabudare–Estado Lara, asistido por el Defensor Privado Abogado Pastor Palacios, a sufrir la pena de un (1) año y seis meses (6) de prisión, por ser autor responsable del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 5 de la Reforma Parcial del Código Penal, por hecho cometido en agravio del Estado Venezolano, calculándose la pena con base a lo dispuesto en las normas sustantivas.....