1.- DESISTIDO el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesta por los abogados Claudia Valentina Mujica Añez, Juan Carlos Gutiérrez Ceballos y Orlando Colmenares Tabares, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana BEATRIZ JOSEFINA PÉREZ MORALES, contra el acto administrativo contenido en el Oficio Nº C.I.–D.A.A.:022/2003, de fecha 19 de mayo de 2003, mediante el cual el Órgano administrativo recurrido declaró Sin Lugar el recurso de reconsideración interpuesto el 2 de mayo del mismo año, contra la decisión contenida en la Resolución Nº 030402-127, de fecha 2 de abril de 2003, emanada de la CONTRALORÍA INTERNA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL