La Corte declaró SU INCOMPETENCIA, para conocer del recurso contencioso de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo constitucional cautelar; DECLINA la competencia para conocer del presente asunto en el Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, que resulte seleccionado previa Distribución; se ORDENA remitir el presente expediente al Juzgado Superior de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital en funciones de Distribuidor, para que previo sorteo, remita al Juzgado que deberá conocer y decida el recurso; SE ORDENA el desglose del expediente administrativo que acompaña al presente expediente judicial, y agregarlo al expediente Nº AP42-N-2004-00311; y SE ORDENA oficiar al Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, notificándole de la presente decisión.