PRIMERO: Desde el 17 de enero de 2003, fecha en la que fue acordada la Separación de Cuerpos de los cónyuges, hasta la presente fecha ha transcurrido más de un año.-
SEGUNDO: No existe pruebas en autos de que haya operado la reconciliación entre los cónyuges durante el referido lapso.-
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existentes entre los ciudadanos ULF BETHKE y VIOLETA LARRAURI de BETHKE, de nacionalidad alemana el primero y dominicana la segunda, mayores de edad, cónyuges entre si, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. E-82.253.669 y E-82.262.397, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante la Oficina de Registro Civil WEZEMBEEK-OPPEM, en la ciudad de Bruselas, Bélgica, el día 30 de junio del 1998, según s.....